La Comisión Nacional de Valores (CNV) de la Argentina limitó algunas nuevas modalidades de arbitrajes con bonos («rulos» financieros), aunque de forma indirecta, al anunciar un nuevo marco normativo para los agentes de liquidación y compensación (ALyC), o sociedades de bolsa, que apunta además a las operaciones con criptomonedas y a la administración de carteras de terceros.
El eje central de la Resolución General 898/21 establece cambios en el objeto social de los ALyCs, con la finalidad de que “solo puedan desarrollar actividades económicas circunscriptas al ámbito de control y fiscalización de la CNV, con una excepción aplicable a bancos y entidades financieras”, afirmó el organismo.
Es decir que, si bien se mantiene la posibilidad de inscripción en múltiples categorías de agentes compatibles con su objeto de constitución, “no podrán realizar otras actividades ajenas”.
“La medida está focalizada para algunas ALyCs que ofrecían el rulo como producto a través de un bot, la administración de carteras con Cedears, y hasta la compra de criptomonedas, lo que no representa una oferta pública”, comentaron a Ámbito desde un broker local.
En concreto, algunos agentes de bolsa ofrecían desde un tiempo a esta parte hacer un «rulo» financiero a través un bot (programa que efectúa automáticamente tareas reiterativas a través de una cadena de comandos), que se encarga de llevar adelante toda la operatoria. En este sentido, vale recordar que la ALyC Eco Valores había sido suspendida de manera preventiva por la CNV en enero pasado por irregularidades vinculadas con una herramienta denominada «Gordon Eco Bot», que les permitía a sus clientes obtener una ganancia a través del arbitraje de bonos vía WhatsApp.
El nuevo marco regulatorio de la CNV también apunta a otras actividades no previstas en la reforma propuesta, como la administración de carteras con Cedears (los certificados que representan acciones de acciones extranjeras y que han hasta sextuplicado en volumen en el último año frente a los papeles de empresas argentinas).
Las ALyCs no pueden operar estos instrumentos más que a través un Fondo Común de inversión (FCI), pero con un límite máximo del 25% del total del volumen de ese FCI. “Para saltarse de ese porcentaje, algunos agentes capturaban dinero en los clientes, y les ofrecían una gestión activa, es decir, compraban y vendían, mediante una cuenta management. Es algo que no estaba permitido desde hace años, pero igual lo hacían”, comentaron desde el mercado. “No es un Research que le sugiere invertir al inversor en tal activo, sino que lo que hace es recibir el dinero del cliente y con una cuenta management decide cómo invertir esos activos, en este caso Cedears”, ampliaron desde una mesa de operaciones.
Pero las desviaciones no terminan ni en los bots, ni en a la administración de carteras de terceros. Algunos en el mercado creen que la causa fundamental de la nueva regulación de la CNV está vinculada a las criptomonedas. De hecho, algunos agentes habían comenzado en el último tiempo a ofrecer operaciones tercerizada de criptomonedas, como las stablecoins DAI, USDT, o USDC, para hacer giros al exterior.
“Creo que la normativa está más focalizada con el tema de criptomonedas, se están preparando, porque estaban viendo Alycs que estaban ofreciendo operatoria tercerizada en cripto”, sostuvo otra fuente del mercado.
Esta misma semana, el presidente del Banco Central de la República Argentina (BCRA), Miguel Pesce, había asegurado que la institución está trabajando para prevenir a inversores no sofisticados sobre los riesgos de invertir en criptomonedas como el Bitcoin y que, más allá del uso transaccional que se pueda dar a estos instrumentos, quiere evitar su vinculación con el mercado. «Vamos a regular la intersección del Bitcoin con el sistema de pagos y el mercado de cambios», afirmó Pesce.
Desde la CNV, remarcan que el espíritu del cambio normativo se fundamenta en “reducir el riesgo operativo de los agentes y facilitar las funciones de control y supervisión”. Así también “prevé obtener mayor claridad en la información patrimonial, económica y financiera fundamentalmente para aquellas categorías que intervienen en la liquidación y compensación de operaciones en el mercado de capitales”.
La norma de a CNV prevé un plazo de 120 días corridos para informar el plan de adecuación y 12 meses como máximo para abstenerse de realizar cualquier otra actividad no prevista en la reforma propuesta, so pena de caducidad de inscripción.